En fecha 16 de marzo de 2022 fue publicado en el BOE el “Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía”, a cuyo texto íntegro pueden acceder en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2022/03/16/pdfs/BOE-A-2022-4136.pdf

Esta norma aprueba medidas en el ámbito de los seguros agrarios, aplazamientos de pagos a la Seguridad Social, reducción de jornadas para acogerse al subsidio y tarifas por usuarios de regadío para el agua desalada.

Así mismo recoge las siguientes medidas de naturaleza tributaria:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ejercicio 2021.

Se aprueba una reducción del 20% del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en el IRPF por el método de estimación objetiva (módulos).

Además, se prevé la reducción de los índices del rendimiento neto a que se refiere la citada Orden HAC/1155/2020, para las explotaciones y actividades agrarias en las que se hayan producido daños, a la vista de los informes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rustica ejercicio 2022.

Se aprueba la exención de las cuotas del IBI de naturaleza rústica para determinados productores agrarios que reúnan ciertos requisitos detallados en el artículo 5 de éste RDL 4/2022.

  • Inmuebles propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones.
  • Los titulares de dichas explotaciones hayan sufrido en el ejercicio inmediato anterior al de aplicación de esta exención, pérdidas de ingresos en las mismas de, al menos, un 20% con respecto a los últimos 3 años en zonas con limitaciones naturales o específicas del artículo 31 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y de un 30% en las demás zonas.

Esta exención comprenderá la de los recargos legalmente autorizados sobre el impuesto.

Los contribuyentes que ya hayan satisfecho los recibos de 2022 y tengan derecho a esta exención, podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

  • Exención del canon y tarifa del agua en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y del Guadiana 2021 y 2022.

Los artículos 15.1 y 15.2 del RDL 4/2022 recogen distintas reducciones de la cuota del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua y establecidos en el artículo 114.1 y 2 de la Ley de Aguas en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir y Guadiana respectivamente, que dependen del porcentaje de la reducción en la dotación de agua que hayan sufrido los beneficiarios.

Los sujetos pasivos de las exacciones señaladas en los apartados anteriores que hubieran satisfecho total o parcialmente las cuotas correspondientes, tendrán derecho a la devolución de las cantidades ingresadas que correspondan.